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REFORMA PENAL BONAERENSE

Es ley: habrá juicios por jurados en la Provincia para los delitos graves

Fue sancionada en el Senado. Los tribunales estarán integrados por un juez y once ciudadanos.

Los ciudadanos bonaerenses que tengan entre 21 y 75 años y que integren el padrón electoral podrán ser convocados para actuar como jurados en procesos penales por delitos cuya pena no exceda los 15 años de prisión, donde deberán tomar postura con respecto a la culpabilidad o inocencia de los imputados.
Así lo dispone el proyecto de ley que implementa el mecanismo de juicios por jurados sancionado ayer en el Senado provincial con el voto de todas las bancadas, con excepción de los legisladores del Frente Renovador massista, que se ausentaron de la sesión.
La iniciativa fue impulsada por el gobierno provincial y apuntaba a cumplir con le implementación de un sistema previsto por la Constitución bonaerense a partir de su reforma de 1994 pero nunca puesto en marcha.
El proyecto fue aprobado por el Senado y enviado a Diputados, que lo votó en diciembre del año pasado con modificaciones a la redacción original, por lo que finalmente volvió a la Cámara Alta, que lo sancionó ayer, con el acompañamiento de las bancadas del PJ-FpV, la UCR, GEN-FAP y la Coalición Cívica.
Hubo, sin embargo, objeciones al proyecto, como las que planteó el senador del Pro Peronismo Alfredo Meckievi, quien dijo que con la sanción de esta ley “estamos quitándole derechos a las víctimas, lo que es inconstitucional”.

Un nuevo sistema

La norma sancionada ayer dispone que los jurados estarán integrados por doce ciudadanos y seis suplentes, quienes serán seleccionados por sorteo sobre el padrón electoral; participar del mismo será  obligatorio por tratarse de una “carga cívica” y los civiles  recibirán una remuneración.    
El jurado actuará en casos de delitos graves -cuya pena supere  los 15 años de prisión-, intervendrá en todos los debates y dará  su veredicto; mientras que los imputados tendrán derecho a  renunciar a la aplicación del juicio por jurado de civiles.    
El cuerpo será presidido por un juez, quien suministrará las  instrucciones para que deliberen, y luego los integrantes deberán  reflexionar en sesión secreta por un plazo máximo de dos días, prorrogables por igual período, para determinar la culpabilidad o inocencia del acusado.    
En caso de no existir acuerdo entre los integrantes del jurado  la votación se repetirá en tres oportunidades y de seguir así se  planteará la no culpabilidad o se declarará estancado el debate,  para lo cual hará falta conformar un nuevo tribunal.    
Según los fundamentos del proyecto, “la instauración del  juicio por jurados apunta no sólo a reconocer la participación ciudadana en los asuntos públicos, sino que, a la vez, potenciará sin duda  alguna el principio de publicidad de los actos de gobierno y la  transparencia en la administración de justicia”.    
Andrés Harfuch, del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), calificó la sanción de la ley como “un hecho histórico”. “Se terminan 157 años de omisión de un triple mandato de la Constitución Nacional a favor del Juicio por Jurados y por primera vez los bonaerenses van a participar directamente de los asuntos de Justicia”.
El juicio por jurado existe desde 2005 en la provincia de Córdoba, aunque en ese distrito funciona con un esquema integrado por  ocho ciudadanos y dos jueces.
Desde su implementación, en esa provincia se han realizado más de 300 procesos con jurados.

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