Divorcios sin abogados y sucesorios con escribanos en el plan del Gobierno
PROYECTO DE LEY ÓMNIBUS

Divorcios sin abogados y sucesorios con escribanos en el plan del Gobierno

La ley ómnibus que Javier Milei envió al Congreso tiene entre sus objetivos que los argentinos puedan realizar el trámite de divorcio sin abogados y habilita a los escribanos a hacer trámites sucesorios, aunque en este caso con patrocinio letrado obligatorio.

En cuanto al tema del divorcio, el artículo 435 del Código Civil preveía hasta ahora como causas de disolución del matrimonio las siguientes: a) muerte de uno de los cónyuges; b) sentencia firme de ausencia con presunción de fallecimiento; c) divorcio declarado judicialmente.

Ahora, el artículo 352 de la ley ómnibus dice: “Incorpórase como inciso d) del artículo 435 del Código Civil y Comercial aprobado por la Ley N° 26.994 y sus modificatorias, el siguiente: 'd) comunicación de la voluntad de disolver el vínculo presentada por los cónyuges en forma conjunta ante el órgano administrativo del último domicilio conyugal, la cual tendrá los mismos efectos que el divorcio'.”

Esto significa que sin la necesidad de contar con un abogado, el matrimonio que decidiera divorciarse de común acuerdo podría hacerlo por la vía administrativa en lugar de la judicial, mediante la desaparición de la mediación.

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